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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó nuevas reglas para el ingreso y egreso de paquetes desde y hacia el exterior, en un contexto de crecimiento de las compras realizadas a través de plataformas internacionales como Shein, Temu y Amazon. El objetivo es unificar criterios entre los distintos operadores y adaptar los controles aduaneros al crecimiento del comercio electrónico.

Los cambios fueron establecidos mediante la Resolución General 5886/2026, que complementa el Decreto 604/2026, y abarcan tanto las importaciones como las exportaciones realizadas mediante servicios postales. La normativa incorpora modificaciones en los procedimientos aduaneros, beneficios tributarios y condiciones para el ingreso de productos adquiridos fuera del país.

Uno de los principales cambios para los consumidores es la unificación del tratamiento entre el operador postal oficial y los servicios privados de courier. El nuevo esquema contempla una exención de derechos de importación para los envíos de hasta 400 dólares, con un límite de cinco envíos anuales por persona.

La medida busca que los consumidores tengan mayor previsibilidad al momento de realizar compras en plataformas internacionales y conozcan de antemano qué régimen tributario se aplica a los productos que ingresan al país. Las nuevas disposiciones alcanzan a las compras realizadas en sitios como Shein, Temu y Amazon cuando utilizan alguno de los sistemas postales incluidos en la normativa.

En cuanto a las exportaciones comerciales realizadas por vía postal, la reforma eliminó el límite máximo de valor y creó una declaración simplificada destinada a reducir los trámites administrativos y agilizar los despachos. De esta manera, el Gobierno también busca facilitar el envío de mercadería argentina hacia otros mercados.

Para los envíos sin finalidad comercial, como regalos o ayuda familiar, se mantiene la exención de tributos a la exportación para consumo, aunque continúan vigentes las tasas correspondientes a los servicios. En estos casos, el valor acumulado no podrá superar los 5.000 dólares mensuales por remitente. Quedan excluidos del régimen simplificado determinados productos sujetos a controles aduaneros específicos, cupos de exportación o autorizaciones de otros organismos.

Autor: admin